Información sobre vacaciones

Compañeras y compañeros.

Se acerca el periodo estival en el que la mayoría de nosotros suele disfrutar de muchos de sus días de vacaciones y hemos considerado que sería conveniente haceros llegar un resumen que hemos llevado a cabo con las dudas más frecuentes al respecto.

¿Cuántos días de vacaciones tengo?

Por norma general y en función de nuestro Convenio Colectivo, tenemos 22 días laborales de libre elección, pero recuerda que si tienes otro Convenio Colectivo diferente al de Consultoría debes comprobarlo.

¿Puedo pedir confirmación de mis vacaciones?

Sí; puedes exigir a la empresa que te confirme con 2 meses de antelación si no tiene inconveniente en que disfrutes de los días de vacaciones que solicites. 

No importa lo que te cuenten: eso de "no sabemos qué va a pasar dentro de 2 meses, y por tanto no te las puedo confirmar" no es una excusa válida. Tu jefe, entre otras cosas, debe gestionar sus proyectos y organizarse para prever estas circunstancias. Es decir, debe hacer su trabajo, por el cual cobra mucho más que tú.

¿Puede la empresa exigirme que le diga mis vacaciones con 2 meses de antelación?

No. El derecho a elegir los días de vacaciones del trabajador es del propio trabajador, nunca de la empresa. Puedes pedir tus vacaciones con una semana de antelación si así lo deseas; otra cosa es que la empresa no las acepte y entonces no puedes reclamar al no haberlas pedido con los 2 meses de antelación.

¿Qué puedo hacer si no me las confirman o no estoy de acuerdo con las fechas que me proponen?

Lo primero es comunicar a la empresa tu desacuerdo y la intención de reclamar si no se alcanza un acuerdo. Lo segundo sería acudir a la vía judicial. Existe un procedimiento "express"  específico para este tema; no hay conciliación previa y lo que decida el juez debe ser acatado tanto por el trabajador como por la empresa.

Si la empresa no te confirma las vacaciones o no quiere dártelas tendrá que justificar ante un juez el motivo, y no valdrán excusas del tipo "no sé que pasará dentro de 2 meses".

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar las vacaciones?

Tienes 20 días para reclamar desde que la empresa te comunique su negativa a tu solicitud de vacaciones, pero recuerda que debes haberlas pedido con al menos 2 meses de antelación.

Si es la empresa quien te impone las fechas de las vacaciones tienes 20 días para reclamar desde que te comunica su decisión unilateral.

¿La empresa puede elegir la mitad de mis vacaciones? 

Rotundamente NO: la empresa no puede elegir ni la mitad, ni un solo día de tus vacaciones. Este es un bulo común completamente falso: todas las vacaciones deben ser consensuadas entra la empresa y el trabajador.

¿Me puede imponer la empresa las vacaciones?

No. Insistimos en que las vacaciones deben ser siempre consensuadas entre la empresa y el trabajador, pero además, en caso de que la empresa quiera intentarlo, también debería avisarte con 2 meses de antelación. Si no lo hace podrías irte de vacaciones y antes de los 20 días de plazo demandar a la empresa por su decisión. Si la empresa no puede demostrar que ha respetado los 2 meses tendrías derecho a volver a disfrutar esos días de vacaciones impuestos.

¿Qué hago si no me contestan a mi petición de vacaciones?

Es muy común que tu jefe use la técnica del avestruz y no te conteste; seguramente piense que si no lo hace te las puede cambiar o rechazar cuando quiera. En estos casos os recomendamos que hagáis la solicitud con más de los 2 meses de antelación y si no se os contesta, a los 10 días pidáis confirmación por escrito; si aún así no te contestan, podréis reclamar.

Pero, además, existe jurisprudencia que dice que la empresa no puede argumentar que no te ha contestado para que no te puedas ir de vacaciones: la falta de respuesta (silencio administrativo) confirma la solicitud. Si estáis en esta situación os recomendamos que os pongáis en contacto con vuestro Comité de Empresa o con nosotros para ayudaros.

¿Me pueden cambiar las vacaciones?

Si faltan menos de 2 meses para su comienzo no sería válido, pero incluso en caso de que lo hicieran con más de 2 meses, la empresa debe justificar el motivo. Además, puedes tener derecho a indemnización por los perjuicios causados, como por ejemplo que tengas una reserva de un hotel pagada o billetes de avión ya comprados (el tuyo y los de tu familia).

¿Se pueden pasar las vacaciones de un año a otro?

Falso: las vacaciones se deben disfrutar dentro del año natural en que se generan. Existen excepciones, como que hayas estado de baja durante ese año y no las hayas podido disfrutar, o que un juez declare tu despido como nulo y la empresa te tenga que reincorporar (o como improcedente y la empresa decida readmitirte); en ese caso sí te las podrías coger al año siguiente.

¿Me pueden limitar los periodos de vacaciones?

No. Las vacaciones se pueden fragmentar; el Estatuto de los Trabajadores no dice nada de períodos mínimos o máximos. Aunque se puede fijar por convenio, el nuestro no dice nada al respecto, pero, además, puedes exigir que uno de los periodos sea de al menos 2 semanas ininterrumpidas.

Si estoy en excedencia, ¿pierdo mis vacaciones?

Siempre que la excedencia sea forzosa o por cuidado de un menor tienes derecho a vacaciones, por lo que puedes cogerte tus vacaciones completas tras tu reincorporación.

Si disfrutando de mis vacaciones paso a estar de baja por enfermedad, ¿pierdo los días que coincidan con los de baja?

No. Si estás de vacaciones y tu médico te da una baja, la cuenta de días de vacaciones se interrumpe y puedes disfrutar esos días una vez te den el alta, siempre y cuando no transcurra un periodo superior a 18 meses desde la fecha estipulada en un primer momento. Recuerda que debes comunicar oficialmente tu baja a la empresa.

Si me voy de la empresa, ¿qué pasa con mis vacaciones?

La empresa no puede obligarte a cogerte las vacaciones antes de irte. En estos casos sigues teniendo tu derecho de conocerlas con 2 meses de antelación y que sean de mutuo acuerdo.

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Como conclusión, recuerda que tienes derechos en lo relacionado con tus vacaciones. Desde Co.Bas. os recomendamos siempre como primera medida abogar por el diálogo, y que intentes llegar a un acuerdo; si no lo consigues, no te las confirman con suficiente antelación o sientes que te las están imponiendo, ten siempre presente que tienes mecanismos para defenderte.

Por supuesto, si tienes dudas o algún problema relacionado con las vacaciones, puedes ponerte en contacto con nosotros.